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Plantar eucalipto y otros árboles en Galicia. ¿que distancia hay que respetar?

16th febrero 2017 por Javier Villaverde

Plantar eucalipto y otros árboles en Galicia. ¿que distancia hay que respetar?

Tabla de Contenidos

Para plantar eucalipto y otras especies arbóreas en Galicia. Distancias a terrenos colindantes

Plantar eucalipto y otras especies de árboles, ha de hacerse siguiendo una normativa.

En nuestro vivero, nos preguntan con mucha frecuencia, la distancia que se debe respetar con la parcela de al lado.

La ley 7/2012, del 28 de Junio sobre los montes en Galicia, publicada en el Diario Oficial de Galicia, el día 23 de Julio de 2012 nos marca en su anexo II las distancias mínimas para las diferentes especies forestales.

Según esté clasificado el terreno que linda con tu parcela, las distancias  son diferentes y también varían en función de la especie de árbol que vas a plantar.

eucalipto
Eucalipto en Galicia

Si vas a plantar eucalipto u otros árboles

Según esté clasificado el suelo colindante:

  • Con parcelas de monte : 2 metros
  • Labradíos y praderas: 4 metros las frondosas del anexo 1 y 10 metros eucaliptos y pinos
  • Parcelas de especial protección agropecuaria: 10 metros en todos los casos
  • Suelo urbano, suelo clasificado como de núcleo rural y suelo urbanizable, 15 metros con frondosas del anexo 1 y el doble para el resto de las especies forestales.

Tipos de infraestructuras que limitan con nuestra parcela:

  • Pistas forestales principales: 2 metros las frondosas y 4 metros el resto de las especies como pinus y eucalyptus, salvo en ayuntamientos declarados de alto riesgo que pasan a ser 6 metros la distancia para plantar
  • Autopistas, autovías, vías rápidas, corredores, ferrocarril y todas las carreteras convencionales: contando desde el límite del dominio público de la vía en cuestión: 4 metros si empleas especies frondosas del anexo 1 y 10 metros en el resto de las especies.
  • Con las lineas eléctricas, debes tomar como referencia la proyección sobre el suelo del cable más externo y después, considerando la desviación máxima producida por el viento, para la que hay una normativa diferente en función del tipo de linea, no puedes plantar a menos de 5 metros, sea la especie que sea.

Construcciones y ríos.

  • Urbanizaciones, depósitos de basura, parques e instalaciones industriales situadas a menos de 400 metros del monte y fuera del suelo urbano y de nucleo rural, serán como mínimo 15 metros para las frondosas del anexo 1 y 30 metros para el resto, eucaliptos, pinos, etc.
  • Viviendas y otras edificaciones: 15 metros las frondosas y 30 metros para los eucaliptos
  • Campings, gasolineras e industrias o instalaciones preexistentes en las que se desarrollan actividades peligrosas conforme a lo que se dice en la ley 1/1995, de protección ambiental de Galicia, o en su normativa de desarrollo, son 25 metros para las frondosas del anexo 1 y 50 metros para las demás especies
  • Ríos que tengan más de 2 metros de ancho, puedes plantar a partir de los 5 metros si tus árboles son de alguna de las especies del anexo 1 y 15 metros en el resto de las especies, contando desde del límite del dominio público. Esta norma tiene su excepción en plantaciones realizadas para recuperaciones medioambientales
plantar eucalipto
Hojas de Eucalipto nitens

Las especies del anexo 1 son las siguientes

En coníferas:

  • Pino silvestre, Pinus silvestris.
  • Tejo, Teixo, Taxus baccata.

Frondosas:

  • Aliso, ameneiro, Alnus glutinosa.
  • Arce blanco, pradairo, Acer pseudoplatanus.
  • Abedul, Bidueiro, Betula sp.
  • Fresno, freixo, Fraxinus excelsior y angustifolia.
  • Castaño, Castiñeiro, Castanea x híbrida y Castanea sativa.
  • Cerezo, cerdeira, Prunus avium.
  • Roble, Carballo, Quercus robur.
  • Rebollo, rebolo, Quercus pyrenaica.
  • Alcornoque, sobreira, Quercus suber.
  • Roble albar, carba, Quercus petraea.
  • Encina, aciñeira, Quercus ilex L. ssp ballota.
  • Avellano, avelaira, Corylus avellana.
  • Haya, faia, Fagus silvatica.
  • Olmo, lamagueiro, Ulmus glabra y Ulmus minor.
  • Laurel, loureiro, Laurus nobilis.
  • Mostajo, sorba, Sorbus aria.
  • Serbal de los cazadores, capudre, Sorbus aucuparia.
  • Nogal, nogueira, Juglans regia.
  • Madroño, érbedo, Arbutus unedo.

En muchos años, no sabemos de nadie que haya sido sancionado por incumplir las distancias mínimas y he visto, en muchos lugares, plantar eucalipto sin respetarlas.

Pero algo está cambiando, en las últimas semanas, van llegando noticias de que se está apercibiendo a muchos propietarios forestales para que cumplan con la ley, avisando de que de no hacerlo serán multados.

A todos nos gusta aprovechar bien el terreno que tenemos y dado que en Galicia tenemos una superficie por parcela muy pequeña, si te toca uno de los casos más restrictivos, puede ocurrir que tu plantación quede muy reducida.

Por otro lado, guardar las distancias es una medida muy importante para poder frenar los incendios y salvaguardar las viviendas y otras edificaciones.

Plantar eucalipto a una distancia de 30 metros de una vivienda, me parece poco, la anterior normativa, 50 metros, me parecía más acertada. En caso de un fuego de copas no me gustaría tener mi casa solo a 30 metros!

 

Filed Under: Planta Forestal

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